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Bibliográfica (CIB)


  

Convenio de pagos y créditos recíprocos. Parte 1


  En: Guía Práctica del Exportador e Importador. -- no. 610 (feb., 2002). --

  Disponible en Internet: http://www.aladi.org/NSFALADI/CONVENIO.NSF/VMANUALWEB/MANUAL

  "El Convenio de Pagos fue suscrito el 25 de agosto de 1982 en el marco del Consejo para Asuntos Financieros y Monetarios de la ALADI, por los Bancos Centrales de Argentina, Bolivia, Brasil, Colombia, Chile, Ecuador, México, Paraguay, Perú, Uruguay, Venezuela y de la República Dominicana. Este Convenio sustituyó, sin solución de continuidad, al "Acuerdo de Pagos y Créditos Recíprocos de los países de la ALALC", celebrado en México el 22 de setiembre de 1965, a partir del cual se creó e inició entre los Bancos Centrales, la operación del mecanismo multilateral de compensación de pagos en monedas convertibles y libremente transferibles. Al amparo del Convenio de Pagos y Créditos Recíprocos se cursan y compensan, durante períodos de cuatro meses, los pagos internacionales derivados de operaciones de comercio de los países de los bancos centrales miembros, de bienes originarios y de servicios efectuados por personas residentes (comprendidos en acuerdos que celebren pares o grupos de bancos centrales), de modo que al final de cada cuatrimestre (período de compensación) sólo se transfiere o se recibe, según resulte deficitario o superavitario, el saldo global del banco central de cada país con el resto."

  1. 
ARGENTINA
; 2. 
AMERICA LATINA
; 3. 
MERCADO FINANCIERO
; 4. 
BANCOS CENTRALES
; 5. 
COMERCIO EXTERIOR


  (3) Inv.: 03151 S.T.: PP-G
1 Ejemplar
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03151 PP-G

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ALADI
Convenio de pagos y créditos recíprocos. Parte 1
En: Guía Práctica del Exportador e Importador. -- no. 610 (feb., 2002)

Disponible en Internet: http://www.aladi.org/NSFALADI/CONVENIO.NSF/VMANUALWEB/MANUAL

"El Convenio de Pagos fue suscrito el 25 de agosto de 1982 en el marco del Consejo para Asuntos Financieros y Monetarios de la ALADI, por los Bancos Centrales de Argentina, Bolivia, Brasil, Colombia, Chile, Ecuador, México, Paraguay, Perú, Uruguay, Venezuela y de la República Dominicana. Este Convenio sustituyó, sin solución de continuidad, al "Acuerdo de Pagos y Créditos Recíprocos de los países de la ALALC", celebrado en México el 22 de setiembre de 1965, a partir del cual se creó e inició entre los Bancos Centrales, la operación del mecanismo multilateral de compensación de pagos en monedas convertibles y libremente transferibles. Al amparo del Convenio de Pagos y Créditos Recíprocos se cursan y compensan, durante períodos de cuatro meses, los pagos internacionales derivados de operaciones de comercio de los países de los bancos centrales miembros, de bienes originarios y de servicios efectuados por personas residentes (comprendidos en acuerdos que celebren pares o grupos de bancos centrales), de modo que al final de cada cuatrimestre (período de compensación) sólo se transfiere o se recibe, según resulte deficitario o superavitario, el saldo global del banco central de cada país con el resto."

1. ARGENTINA; 2. AMERICA LATINA; 3. MERCADO FINANCIERO; 4. BANCOS CENTRALES; 5. COMERCIO EXTERIOR

(3) Inv.: 03151 S.T.: PP-G
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